Leyes existentes en nuestro país que
amparan el bienestar y la calidad de vida de todas y cada una de las mascotas y animales.
Existen
leyes que actualmente te pueden guiar si tienes alguna duda sobre qué
aspectos legales protegen a los animales en nuestro país. Acá encontraras un síntesis
de las leyes y decretos, con el fin de que conozcas como actúan estos en el amparo
legal y una breve descripcion de la evolucion de las leyes animalistas en Chile.
La
primera de las leyes dictadas en nuestro país, expresadas en el código penal y
válida hasta el día de hoy con la finalidad de resguarda la integridad de los
animales data del 12 de Noviembre de 1874. En esta se señala de manera explícita
el castigo para los actos de maldad o crueldad hacia los animales.
¿Es
esta ley realmente efectiva?
La
segunda ley pro-animal (Ley 19.473, ley
de caza) dictada en nuestro país data apenas del año 1996. En esta se expresa
la prohibición de la caza de animales. Específicamente de aquellos que son
parte del patrimonio nacional o aquellos que se encuentran el peligro o en vías
de extinción. Ejemplo de ellos lo constituyen el águila, el cóndor, el huemul, el
zorro, etc.
El 3
de octubre de 2009 se dicta la ley 20.380, la cual señala una serie de
cuidados, atenciones, deberes y responsabilidades que debe tener toda persona
que esté a cargo de animales, incluso en aquellos casos en que animales vivos
sean utilizados con miras a la experimentación.
Esta
ley nace por el vacio legal que deja el decreto Nº130, la que solo consistía en
una comisión asesora en el área de salud animal.
El
26 de enero de 2010 se dicta la ley 20.417, la cual tiene como resultado
concreto la creación del ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la
superintendencia de medio ambiente. Estos organismos fueron pensados para hacer
valer con mayor efectividad y rapidez las leyes anteriormente mencionadas, además
de otros decretos estipulados ante la ley.
Esta
ley nace como respuesta a la poca efectividad que demostró el ministerio de
agricultura, organismo antes encargado de la protección animal.
Existen
además una serie de decretos (leyes dictadas en un corto periodo de tiempo que
poseen la cualidad de poder ser dictadas por el Presidente de la República)
pro-animales, entre los cuales encontramos:
Decreto Nº 16 del 9 de marzo de 1963, en
donde se establece el marco legal para la sanidad y protección animal, haciendo
especial énfasis en la labor de fiscalización
que debe realizar el servicio agrícola ganadero en conjunto con la labor de
veterinarios y los dueños de dichos animales.
Decreto Nº307 del 17 de Diciembre de
1979,
en donde se establece el reglamento de alimentos para animales en todo su
proceso de fabricación, elaboración, importación, exportación, almacenamiento, distribución,
venta
y transporte de alimentos, suplementos, aditivos e ingredientes alimentarios para animales, con la finalidad de proteger y en cierta medida asegurar el bienestar físico de los animales.
y transporte de alimentos, suplementos, aditivos e ingredientes alimentarios para animales, con la finalidad de proteger y en cierta medida asegurar el bienestar físico de los animales.
Decreto Nº56 del 3 de agosto de 1983, en
donde se reglamentan las condiciones de las ferias de animales. Este decreto
señala desde las condiciones físicas que debe tener el espacio físico en donde
se realizara la feria de animales, los elementos que esta debe poseer para su
correcto funcionamiento, las condiciones en las que se deben exhibir los
animales, las condiciones de transporte de estos mismo, etc.
Decreto Nº73 del 21 de agosto de 1985,
establece medidas de control para impedir la introducción al territorio
nacional de enfermedades infecto contagiosas de los animales, no solo
restringiendo el ingreso de especies animales vivas sino que también
restringiendo el ingreso de productos provenientes o elaborados a base de
materias primas, que puedan representar la introducción de enfermedades
infectocontagiosas que expongan la integridad de cada especie animal que habita
en nuestro país.